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19/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación carece de atribuciones para ordenar de oficio el cumplimiento sustituto de una sentencia de amparo cuando el órgano de amparo no ha determinado previamente la imposibilidad material de su acatamiento.

Expediente
19/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
23 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación carece de atribuciones para ordenar de oficio el cumplimiento sustituto de una sentencia de amparo cuando el órgano de amparo no ha determinado previamente la imposibilidad material de su acatamiento.

Resumen

El presente caso se relaciona con la solicitud de cumplimiento sustituto de una sentencia de amparo. La parte quejosa promovió un incidente de cumplimiento sustituto directamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, la Corte determinó que carece de facultades para ordenar dicho cumplimiento de oficio si el juez de distrito o tribunal colegiado no ha declarado previamente la imposibilidad material de ejecutar la sentencia de amparo. Por lo tanto, se remitió el expediente al Juzgado Tercero de Distrito para que éste resuelva lo conducente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.