La resolución de un recurso de revisión dictada por un Tribunal Colegiado de Circuito en un amparo indirecto es inimpugnable, salvo que se actualicen los supuestos de procedencia previstos en el artículo 104 de la Ley de Amparo.
Se desechó un recurso de reclamación interpuesto contra la confirmación de un sobreseimiento en un juicio de amparo indirecto. La Suprema Corte determinó que la resolución del Tribunal Colegiado, al confirmar el sobreseimiento, no es impugnable, ya que no se actualizan los supuestos de procedencia previstos en el artículo 104 de la Ley de Amparo. Las sentencias de los Tribunales Colegiados al resolver recursos de revisión en amparo indirecto no admiten recurso alguno.
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