La condena al pago de la suerte principal e intereses, así como la absolución de costas, derivan de la improcedencia de la excepción de pago parcial opuesta por la parte demandada, al no acreditarla en el juicio ejecutivo mercantil.
El Juzgado de Distrito determinó que la parte actora probó su acción en la vía ejecutiva mercantil, mientras que la demandada no acreditó sus excepciones, específicamente la de pago parcial. En consecuencia, se condenó a la demandada al pago de la suerte principal e intereses, y se le absolvió del pago de costas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.