Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto· tema sin holding extraído
Opuestamente a lo sostenido por la parte quejosa, conforme a la litis planteada, de manera ajustada a derecho la autoridad responsable concluyo que las conductas en las que incurrió la parte actora, se encuentran previstas y sancionadas en términos de la fracción I, artículo 81, e inciso d) de la fracción I del numeral 82 ambos del Código Fiscal de la Federación, y que por tanto, no se violó el principio de tipicidad en su perjuicio.
Expediente
774/2022
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto
Ponente
Alberto Augusto De la Rosa Baraibar
Fecha
12 ene 2024
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Opuestamente a lo sostenido por la parte quejosa, conforme a la litis planteada, de manera ajustada a derecho la autoridad responsable concluyo que las conductas en las que incurrió la parte actora, se encuentran previstas y sancionadas en términos de la fracción I, artículo 81, e inciso d) de la fracción I del numeral 82 ambos del Código Fiscal de la Federación, y que por tanto, no se violó el principio de tipicidad en su perjuicio.
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