La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un recurso de revisión extraordinario, determina que las cuestiones relativas a la inexacta aplicación de la ley y la indebida valoración probatoria, cuando se sustentan en aspectos de mera legalidad, no son procedentes para el estudio de dicho recurso.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó un recurso de revisión extraordinario interpuesto por la Fiscal adscrita al Tribunal Colegiado en contra de una sentencia que absolvió al sentenciado por un delito y lo condenó por otro. La Fiscal argumentó inexacta aplicación de la ley y indebida valoración probatoria. Sin embargo, la Corte determinó que estos argumentos se sustentan en cuestiones de mera legalidad, relacionadas con la valoración de las pruebas, y por lo tanto, no son procedentes para el estudio del recurso de revisión extraordinario.
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