Los administradores de una sociedad anónima, en su carácter de mandatarios de la sociedad, son solidariamente responsables ante ella, y no ante el Gobierno Federal, salvo que la ley disponga lo contrario.
El presente fallo analiza la responsabilidad de los administradores de una sociedad anónima, específicamente del Banco Nacional de Crédito Ejidal. Se determina que, conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, los administradores actúan como mandatarios de la sociedad y su responsabilidad solidaria es ante la misma, no ante el Gobierno Federal. Se enfatiza que la asamblea general de accionistas es el órgano supremo, y el Ejecutivo Federal no puede desvirtuar su responsabilidad pública disolviendo su personalidad en la de la asamblea o la sociedad.
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