Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Sentencia que reconoció la validez de la resolución impugnada, en la que se determinó un crédito fiscal por omisión en el pago de cuotas obrero patronales.
Se propone negar el amparo porque, tal como lo resolvió la Sala responsable, las constancias de notificación cumplían con los requisitos de legalidad, por lo que, en consecuencia, la resolución determinante se entregó con firma autógrafa, la impresión de cuentas individuales, debidamente certificadas, sí acredita la relación laboral con las personas listadas en la cédula de liquidación, la información en ellas contenida, es proporcionada por el propio patrón y, aun cuando la citada cédula se emitió por supuestas diferencias en el pago de cuotas obrero patronales y, en realidad no existió pago alguno, ello no significa que la misma carezca de la debida fundamentación y motivación.
Expediente
121/2023
Tribunal
Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Carmina Cortés Rodríguez
Fecha
17 ago 2023
Materia
administrativa
Sentido
niega
Tema · autorreporte del tribunal
Sentencia que reconoció la validez de la resolución impugnada, en la que se determinó un crédito fiscal por omisión en el pago de cuotas obrero patronales.
Se propone negar el amparo porque, tal como lo resolvió la Sala responsable, las constancias de notificación cumplían con los requisitos de legalidad, por lo que, en consecuencia, la resolución determinante se entregó con firma autógrafa, la impresión de cuentas individuales, debidamente certificadas, sí acredita la relación laboral con las personas listadas en la cédula de liquidación, la información en ellas contenida, es proporcionada por el propio patrón y, aun cuando la citada cédula se emitió por supuestas diferencias en el pago de cuotas obrero patronales y, en realidad no existió pago alguno, ello no significa que la misma carezca de la debida fundamentación y motivación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.