La nulidad lisa y llana de una resolución administrativa se declara cuando las actas circunstanciadas de hechos, que sirven de sustento para determinar la responsabilidad solidaria, carecen de las formalidades legales esenciales, como la firma de los comparecientes o la constancia de su negativa a firmar, impidiendo acreditar la no localización del deudor principal.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una resolución que determinó la responsabilidad solidaria de un socio. La decisión se basó en que las actas circunstanciadas de hechos, utilizadas para acreditar que la empresa deudora no fue localizada en su domicilio fiscal, carecían de la firma de las personas que atendieron al notificador o de la constancia de su negativa a firmar. Esta omisión violenta los artículos 152, 27, 49 y 135 del Código Fiscal de la Federación, impidiendo demostrar la no localización del deudor y, por ende, la actualización de la causal de responsabilidad solidaria.
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