El artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, es constitucional al superar el test de proporcionalidad y no vulnerar los derechos de seguridad y certeza jurídica, ni generar antinomias con otras legislaciones fiscales federales.
El Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito confirmó la sentencia que negó el amparo a la quejosa. Se declararon firmes las consideraciones sobre el sobreseimiento y la improcedencia. Se desestimó la inconstitucionalidad del artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación 2019, al reiterar el criterio de la Segunda Sala de la SCJN sobre su constitucionalidad y respeto a los principios de proporcionalidad y certeza jurídica. Finalmente, se declararon sin materia los recursos adhesivos.
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