El requerimiento de información y documentación dirigido al contribuyente, en términos del artículo 52-A, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, debe motivar la hipótesis actualizada de ese precepto legal, sin que sea exigible una motivación exhaustiva en la etapa inicial de fiscalización.
El artículo 52-A, fracción II, del Código Fiscal de la Federación permite a las autoridades fiscales requerir información directamente al contribuyente si la proporcionada por su contador no es suficiente. La autoridad debe motivar esta decisión, pero no se requiere una exhaustividad en la motivación inicial, ya que la ley solo prevé la consecuencia de que la información no sea suficiente para conocer la situación fiscal del contribuyente. Exigir una motivación casuística en esta etapa excedería los límites de la norma.
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