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SJF · Tesis

La respuesta a una consulta fiscal que declara la procedencia de una exención del impuesto sobre la renta y la consecuente devolución de retenciones indebidas, tiene efectos declarativos y no constitutivos de un régimen fiscal.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 jun 2005
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La respuesta a una consulta fiscal que declara la procedencia de una exención del impuesto sobre la renta y la consecuente devolución de retenciones indebidas, tiene efectos declarativos y no constitutivos de un régimen fiscal.

Resumen

El artículo 17, fracción I, del Código Fiscal de la Federación establece que las resoluciones administrativas en materia de impuestos surten efectos en el ejercicio fiscal en que se otorgan o en el inmediato anterior si se solicitan dentro de los tres meses siguientes al cierre de este. Sin embargo, cuando la resolución es una respuesta a una consulta fiscal sobre una exención del ISR y la procedencia de su devolución, sus efectos son meramente declarativos, no autorizan ni determinan un régimen fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.