La infracción prevista en el artículo 81, fracción XXVI, del Código Fiscal de la Federación se actualiza aun cuando el contribuyente proporcione extemporáneamente la información requerida, procediendo la imposición de la multa correspondiente.
El presente caso analiza la actualización de la infracción fiscal prevista en el artículo 81, fracción XXVI, del Código Fiscal de la Federación. Se establece que la presentación extemporánea de la información requerida, aun cuando se realice, no exime al contribuyente de la sanción pecuniaria, ya que la obligación de presentarla en tiempo y forma es independiente de la posterior corrección.
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