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1963/2014ConcedeSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El Impuesto Sobre la Renta propio de la sociedad controladora, enterado en sus pagos provisionales y en el ejercicio anual, es susceptible de aplicarse en contra del Impuesto Empresarial a Tasa Única anual, aun cuando se consolide fiscalmente.

Expediente
1963/2014
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
22 oct 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El Impuesto Sobre la Renta propio de la sociedad controladora, enterado en sus pagos provisionales y en el ejercicio anual, es susceptible de aplicarse en contra del Impuesto Empresarial a Tasa Única anual, aun cuando se consolide fiscalmente.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia del acreditamiento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) propio contra el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) en el contexto de la consolidación fiscal. Se determina que el ISR propio de la sociedad controladora, efectivamente pagado, puede ser acreditado contra el IETU anual, incluso si la empresa opta por la consolidación fiscal, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.