La improcedencia del recurso de revisión en amparo directo se actualiza cuando los agravios formulados por la parte recurrente resultan inoperantes por partir de una premisa falsa, al no demostrarse la subsistencia de una cuestión propiamente constitucional.
El presente recurso de revisión en amparo directo se declaró improcedente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los agravios de la recurrente principal eran inoperantes porque partían de una premisa falsa, al no haberse demostrado la subsistencia de una cuestión propiamente constitucional. El Tribunal Colegiado de Circuito se limitó a resolver la litis con base en la legalidad de los argumentos propuestos, sin emprender un estudio de regularidad constitucional del artículo 151, fracción II, de la Ley de la Propiedad Industrial.
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