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297/2026OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito

La demanda de amparo indirecto es improcedente cuando se reclama la negativa de expedición de copias certificadas, si la quejosa no es parte en el juicio de origen y el acto reclamado no constituye una sentencia definitiva o resolución que ponga fin al juicio.

Expediente
297/2026
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Ponente
Araceli Diaz Esparza
Fecha
20 may 2026
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La demanda de amparo indirecto es improcedente cuando se reclama la negativa de expedición de copias certificadas, si la quejosa no es parte en el juicio de origen y el acto reclamado no constituye una sentencia definitiva o resolución que ponga fin al juicio.

Resumen

El Tribunal Colegiado se declaró incompetente para conocer de una demanda de amparo indirecto, al considerar que la quejosa no era parte en el juicio de origen y reclamaba la negativa de expedición de copias certificadas, lo cual no constituye una sentencia definitiva ni una resolución que ponga fin al juicio. Por lo tanto, determinó que la competencia para conocer de dicho amparo recae en un Juez de Distrito en Materia Civil.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.