La imposición de cobros por concepto de copias simples, previo a la entrega de las primeras veinte fojas, así como la aplicación de multas por la realización de bailes o eventos particulares en domicilios, contravienen los principios de gratuidad, seguridad jurídica, legalidad y proporcionalidad tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversas disposiciones de leyes de ingresos municipales de Jalisco para el ejercicio fiscal 2024. Se impugnaron cobros por copias simples que excedían las veinte fojas, argumentando que infringían el principio de gratuidad de la información pública. Adicionalmente, se cuestionaron multas por eventos particulares en domicilios, las cuales se consideraron violatorias de la libertad de reunión, seguridad jurídica, legalidad y proporcionalidad tributaria, al carecer de definiciones claras y ser desproporcionadas.
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