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144/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición de diversas autoridades.

Expediente
144/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
23 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición de diversas autoridades.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad de atraer casos de amparo en revisión que revistan un interés y trascendencia particulares. Esta facultad puede ejercerse de oficio por la propia Corte, o a petición de autoridades como los Tribunales Colegiados de Circuito, el Fiscal General de la República, o el Ejecutivo Federal a través del Consejero Jurídico del Gobierno.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.