El juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación es improcedente contra resoluciones que, además de imponer multa por infracciones a la Ley de Propiedad Industrial, determinen la clausura del establecimiento y la publicación de la resolución en la Gaceta de la Propiedad Industrial.
El juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación es improcedente contra resoluciones que imponen multas por infracciones a la Ley de Propiedad Industrial, cuando estas resoluciones también determinan la clausura del establecimiento y la publicación de la resolución en la Gaceta de la Propiedad Industrial. Esto se debe a que el artículo 11, fracción III, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación solo prevé la procedencia del juicio de nulidad para impugnar multas, y no otras sanciones como la clausura o la publicación, las cuales no son impugnables a través de este medio ordinario.
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