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1502/2025Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de San Luis Potosí· tema sin holding extraído

Decisión. Con base en lo expuesto en este considerando, debe sobreseerse en el presente juicio de amparo con relación a dicha autoridad responsable, al estimarse que la omisión que se le reclama es inexistente de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 63 , fracción IV de la Ley de Amparo.

Expediente
1502/2025
Tribunal
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de San Luis Potosí
Ponente
Diego Galeana Jiménez
Fecha
11 nov 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Decisión. Con base en lo expuesto en este considerando, debe sobreseerse en el presente juicio de amparo con relación a dicha autoridad responsable, al estimarse que la omisión que se le reclama es inexistente de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 63 , fracción IV de la Ley de Amparo.

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