El derecho a la información y la participación política en la actividad legislativa se vulneran cuando la votación por cédula impide conocer el sentido del voto de los legisladores, sin que exista una justificación de interés público que lo respalde.
La Primera Sala de la SCJN ejerció la facultad de atracción para resolver un amparo en revisión relacionado con la secrecía de la votación por cédula en el Congreso de Jalisco. Se determinó que esta práctica vulnera el derecho a la información y la participación política de los gobernados, al impedirles conocer cómo votan sus representantes. La Sala enfatizó que, sin una justificación de interés público, la votación secreta inhibe la opinión pública sobre la actuación legislativa y la toma de decisiones informadas, elementos esenciales de la democracia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.