La identificación de los visitadores en una visita domiciliaria es un requisito formal que salvaguarda la seguridad jurídica del contribuyente, al permitirle verificar la investidura de quienes realizan la función de fiscalización.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la importancia de la identificación de los visitadores en el marco de una visita domiciliaria, conforme al artículo 44, fracción III, del Código Fiscal de la Federación. Se enfatiza que dicha identificación es un requisito formal esencial para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente, permitiéndole confirmar la legitimidad de los funcionarios fiscales y proteger sus derechos humanos. El fallo también aborda la suspensión de plazos en visitas domiciliarias ante la interposición de medios de defensa o la contumacia del contribuyente.
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