El recurso de revisión fiscal es improcedente cuando la nulidad de la resolución impugnada se decreta por vicios formales y no por un pronunciamiento de fondo.
El Tribunal Colegiado desechó el recurso de revisión fiscal interpuesto por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. La decisión se basó en que la sentencia recurrida declaró la nulidad de la resolución impugnada por falta de fundamentación y motivación, lo cual constituye un vicio formal y no un pronunciamiento de fondo. Se reiteró el criterio de la extinta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece la improcedencia del recurso de revisión fiscal en estos casos, ya que la intención del legislador fue que este medio de impugnación se reservara para asuntos de importancia y trascendencia que impliquen una decisión de fondo.
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