Para que prospere el recurso de revisión fiscal y se revoque la sentencia de primer grado, los agravios deben destruir de manera expresa y directa todos los razonamientos en que se sustenta la sentencia recurrida.
El recurso de revisión fiscal procede cuando los agravios expresamente combaten y destruyen los razonamientos de la sentencia de primer grado. No es suficiente que los agravios sean fundados; deben atacar directamente la lógica y los fundamentos de la resolución impugnada para lograr la revocación deseada.
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