InvestigaciónDocumento
En línea
405/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PLENO

El recurso de revisión contra sentencias dictadas en amparo directo procede cuando se resuelva sobre la constitucionalidad de normas generales que impliquen la interpretación directa de un precepto constitucional, o se omita decidir sobre tal cuestión cuando haya sido planteada, y además, el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Expediente
405/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARÍSTIDES RODRIGO GUERRERO GARCÍA
Fecha
19 nov 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión contra sentencias dictadas en amparo directo procede cuando se resuelva sobre la constitucionalidad de normas generales que impliquen la interpretación directa de un precepto constitucional, o se omita decidir sobre tal cuestión cuando haya sido planteada, y además, el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Resumen

El recurso de revisión en amparo directo es procedente cuando la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado de Circuito aborda la constitucionalidad de normas generales, implicando la interpretación directa de la Constitución o la omisión de pronunciarse al respecto, siempre que el caso presente un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación es la instancia facultada para determinar dicha procedencia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.