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483/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, con residencia en Oaxaca, Oaxaca· tema sin holding extraído

Concede, pues fue fundado que la autoridad restó incorrectamente valor probatorio a los medios de prueba, información y documentación proporcionada para desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones, dado que lo hizo desde la perspectiva de que éstas debían servir para acreditar la materialidad o realización efectiva de las actividades o servicios amparados en los comprobantes fiscales.

Expediente
483/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, con residencia en Oaxaca, Oaxaca
Ponente
Pedro Guerrero Trejo
Fecha
18 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Concede, pues fue fundado que la autoridad restó incorrectamente valor probatorio a los medios de prueba, información y documentación proporcionada para desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones, dado que lo hizo desde la perspectiva de que éstas debían servir para acreditar la materialidad o realización efectiva de las actividades o servicios amparados en los comprobantes fiscales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.