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SJF · Ejecutoria

El requerimiento de pago para hacer efectiva una póliza de fianza penal, cuyo beneficiario es un particular, es impugnable a través del juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, pues dicho acto constituye un mandamiento en forma de ejecución y no una simple reclamación entre particulares.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
9 feb 2015
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El requerimiento de pago para hacer efectiva una póliza de fianza penal, cuyo beneficiario es un particular, es impugnable a través del juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, pues dicho acto constituye un mandamiento en forma de ejecución y no una simple reclamación entre particulares.

Resumen

La contradicción de tesis analizó la procedencia del juicio contencioso administrativo contra el requerimiento de pago de fianzas penales otorgadas para garantizar la reparación del daño a particulares. El Primer Tribunal Colegiado consideró que dichos requerimientos son impugnables ante el TFJA, ya que constituyen actos de ejecución del Estado. En contraste, el Segundo Tribunal Colegiado sostuvo que el juicio no era procedente porque el beneficiario era un particular y no una entidad pública, citando la tesis que aplicaba la caducidad en estos casos. El Pleno determinó que el criterio del Primer Tribunal Colegiado es el que debe prevalecer, al considerar que el requerimiento de pago de una fianza penal, incluso si el beneficiario es un particular, es un acto de autoridad impugnable en la vía administrativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.