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377/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El sobreseimiento en el juicio de amparo procede cuando se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con los diversos 77, fracción II, y 78 de la Ley de Amparo, al actualizarse la imposibilidad de ejecutar los efectos de una eventual concesión del amparo.

Expediente
377/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
25 jun 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento en el juicio de amparo procede cuando se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con los diversos 77, fracción II, y 78 de la Ley de Amparo, al actualizarse la imposibilidad de ejecutar los efectos de una eventual concesión del amparo.

Resumen

El presente asunto deriva de un juicio de amparo indirecto promovido contra un decreto de reforma a la Ley de la Industria Eléctrica. El Juez de Distrito otorgó el amparo respecto de diversos artículos, pero también sobreseyó en el juicio en cuanto a otros. En el recurso de revisión, se determinó que no era materia del recurso el sobreseimiento decretado, y se reservó jurisdicción a la Suprema Corte para resolver la cuestión de constitucionalidad subsistente. La Corte determinó que procede el sobreseimiento del juicio de amparo al actualizarse la causa de improcedencia relativa a la imposibilidad de ejecutar los efectos de una eventual concesión del amparo.

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