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501/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Devolución del saldo a favor por concepto de impuesto al valor agregado correspondiente al mes de enero de dos mil veintiuno. Se niega el amparo, toda vez que resultan infundados e inoperantes los conceptos de violación de conformidad con lo siguiente. El primer concepto resulta infundado, toda vez que contrario a lo manifestado, la sala responsable no varió la litis propuesta en el juicio de nulidad, pues analizó los argumentos de la accionante con el fin de determinar el derecho subjetivo a la devolución del saldo a favor. En relación con el segundo concepto de violación se estima que es infundado, ya que con las pruebas aportadas en el juicio de nulidad, valoradas tanto en lo individual como de forma adminiculada son insuficientes para acreditar la materialidad de las operaciones con sus proveedores. Finalmente, resulta inoperante el tercer concepto de violación al partir de premisa falsa y ser novedoso.

Expediente
501/2025
Tribunal
Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Miguel Antonio Nuñez Valadez
Fecha
27 nov 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Devolución del saldo a favor por concepto de impuesto al valor agregado correspondiente al mes de enero de dos mil veintiuno. Se niega el amparo, toda vez que resultan infundados e inoperantes los conceptos de violación de conformidad con lo siguiente. El primer concepto resulta infundado, toda vez que contrario a lo manifestado, la sala responsable no varió la litis propuesta en el juicio de nulidad, pues analizó los argumentos de la accionante con el fin de determinar el derecho subjetivo a la devolución del saldo a favor. En relación con el segundo concepto de violación se estima que es infundado, ya que con las pruebas aportadas en el juicio de nulidad, valoradas tanto en lo individual como de forma adminiculada son insuficientes para acreditar la materialidad de las operaciones con sus proveedores. Finalmente, resulta inoperante el tercer concepto de violación al partir de premisa falsa y ser novedoso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.