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2249/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El requerimiento de bienes embargados a un depositario removido, realizado por el ejecutor fiscal, debe estar debidamente fundado y motivado en cuanto a la competencia del funcionario y la legalidad del acto, cumpliendo con los plazos y formalidades establecidos en el Código Fiscal de la Federación.

Expediente
2249/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
Fecha
28 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El requerimiento de bienes embargados a un depositario removido, realizado por el ejecutor fiscal, debe estar debidamente fundado y motivado en cuanto a la competencia del funcionario y la legalidad del acto, cumpliendo con los plazos y formalidades establecidos en el Código Fiscal de la Federación.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó un requerimiento de bienes embargados a un depositario removido. Se determinó que dicho requerimiento, realizado por un ejecutor fiscal, debe cumplir con los requisitos de debida fundamentación y motivación, citando las facultades del funcionario y los preceptos legales aplicables. El quejoso argumentó que los artículos 153 y 161 del Código Fiscal de la Federación violaban la seguridad jurídica al no establecer plazos claros para el requerimiento de bienes, volviendo indefinida la depositaría. La Corte, al revisar el caso, consideró que la autoridad sí cumplió con la fundamentación y motivación requerida.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.