Rescisión laboral de trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, personal de confianza ''A''; Subdelegado del Instituto Mexicano del Seguro Social. Correcta rescisión de la relación laboral por faltas de probidad u honradez en el desempeño de sus funciones. Tiempo extraordinario, excepciones de prescripción conforme a la normativa del IMSS.
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito negó el amparo y protección de la justicia federal a José Gerardo Núñez García contra la sentencia emitida por el Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas, dentro del procedimiento ordinario laboral 163/2023-I y su acumulado 168/2023-I. La negativa se basó en la correcta rescisión de la relación laboral del quejoso, quien ostentaba el carácter de personal de confianza 'A' como Subdelegado del Instituto Mexicano del Seguro Social, por faltas de probidad u honradez en el desempeño de sus funciones, sin que procedieran las excepciones de prescripción respecto al tiempo extraordinario reclamado conforme a la normativa del IMSS.
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