La acción de inconstitucionalidad es improcedente cuando se presenta fuera del plazo de treinta días naturales siguientes a la publicación del acto impugnado.
Se resuelve la acción de inconstitucionalidad 25/2022, promovida por diputados del Congreso del Estado de Morelos contra diversos artículos transitorios del Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2021. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la acción era extemporánea, al haberse presentado fuera del plazo de treinta días naturales posteriores a la publicación del decreto impugnado, lo cual actualiza una causal de improcedencia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.