La incorporación de funcionarios al cabildo municipal con derecho a voto, distintos de los previstos en el artículo 115, fracción I, de la Constitución Federal, es inconstitucional.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la Controversia Constitucional 28/2019, analizó la constitucionalidad de incorporar al cabildo municipal a funcionarios distintos de los previstos en la Constitución Federal. El Tribunal Pleno determinó que dicha incorporación, con derecho a voto, contraviene el orden constitucional.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.