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5/2019OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La orden de visita domiciliaria para fiscalizar el cumplimiento de obligaciones en materia de impuesto al valor agregado debe precisar el periodo exacto que abarcará.

Expediente
5/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
27 mar 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La orden de visita domiciliaria para fiscalizar el cumplimiento de obligaciones en materia de impuesto al valor agregado debe precisar el periodo exacto que abarcará.

Resumen

Se analiza la validez de una orden de visita domiciliaria emitida por la Administración Local de Auditoría Fiscal de Campeche. La orden, dirigida al Instituto Tecnológico Superior de Calkiní, buscaba verificar el cumplimiento del impuesto al valor agregado durante un periodo específico. La cuestión central radica en si la orden cumplió con los requisitos legales al especificar claramente el lapso a fiscalizar.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.