La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la reforma que eliminó el IETU y el IDE, y amplió la base gravable del ISR, tuvo como fines la recaudación fiscal, la ampliación de la base gravable y la eliminación de la evasión y elusión fiscales, no solo el principio de simetría fiscal.
La sentencia recurrida consideró erróneamente que la constitucionalidad de los preceptos reclamados se sustentaba únicamente en el principio de simetría fiscal. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aclaró que la reforma que eliminó el IETU y el IDE obedeció a fines fiscales más amplios, como evitar el debilitamiento de la recaudación del ISR, ampliar la base gravable y eliminar espacios para la evasión y elusión fiscales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.