El artículo 69-B, párrafos cuarto y quinto, del Código Fiscal de la Federación, así como su acto de aplicación, son constitucionales y, por ende, la justicia de la unión no ampara ni protege contra ellos.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito modificó la sentencia de amparo indirecto. Se sobreseyó el juicio respecto de actos atribuidos a autoridades del Servicio de Administración Tributaria y al proceso legislativo de ciertos párrafos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Sin embargo, se negó el amparo a la quejosa contra los párrafos cuarto y quinto del mismo artículo y su acto de aplicación, al considerar que son constitucionales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.