InvestigaciónDocumento
En línea
3031/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PLENO

El juicio de nulidad es improcedente cuando se impugna una resolución que confirma un crédito fiscal, si el contribuyente no acredita la existencia de un perjuicio.

Expediente
3031/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
12 feb 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El juicio de nulidad es improcedente cuando se impugna una resolución que confirma un crédito fiscal, si el contribuyente no acredita la existencia de un perjuicio.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el juicio de nulidad es improcedente si el contribuyente no demuestra que la resolución que confirma un crédito fiscal le cause un perjuicio. En el caso, se trataba de la impugnación de un crédito fiscal por concepto de impuesto sobre la renta consolidado y diferido, así como sus accesorios. La Corte analizó la procedencia del juicio de nulidad y concluyó que la falta de acreditamiento del perjuicio hace improcedente la acción intentada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.