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416/2026NiegaJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Querétaro

La suspensión definitiva se niega cuando los actos reclamados se atribuyen a autoridades inexistentes o cuando no se acredita la existencia de los actos de ejecución.

Expediente
416/2026
Tribunal
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Querétaro
Ponente
Beatriz Joaquina Jaimes Ramos
Fecha
8 may 2026
Materia
penal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva se niega cuando los actos reclamados se atribuyen a autoridades inexistentes o cuando no se acredita la existencia de los actos de ejecución.

Resumen

El juzgado declaró sin materia el incidente de suspensión respecto a una autoridad inexistente. Asimismo, negó la suspensión definitiva solicitada en contra de actos atribuidos a otras autoridades, al no acreditarse la existencia de dichos actos de ejecución. Finalmente, difirió la audiencia incidental para continuar el procedimiento respecto a otras autoridades.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.