Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla· tema sin holding extraído
SOBRESEE. Inexistencia del acto. No es cierto el acto reclamado del SHCP.
SOBRESEE. Extemporáneo. La quejosa reclama una norma de 2014 con motivo de su sola entrada en vigor, por lo que es extemporánea porque transcurrieron más de 30 días.
SOBRESEE. Ausencia de conceptos de violación. La quejosa no formuló C.V., respecto del artículo 17-H del Código Fiscal.
SOBRESEE. Falta de interés jurídico. Artículos 5o-A, 17-H BIS, 26, fracciones III y X, del Código Fiscal de la Federación. La parte quejosa reclama las normas por su sola entrada en vigor (naturaleza autoaplicativa); sin embargo, del análisis de dicha porción normativa se desprende que diversas son de naturaleza heteroaplicativa, dado que necesita de una condición para causar perjuicio a la amparista.
SOBRESEE. Falta de interés jurídico. Artículos 197 a 202 del Código Fiscal de la Federación. La quejosa no acreditó estar en la hipótesis normativa respecto a los esquemas revelables a pesar de que es una norma autoaplicativa.
Expediente
280/2020
Tribunal
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla
Ponente
María Guadalupe Cruz Arellano
Fecha
6 oct 2021
Materia
administrativa
Sentido
sobresee
Tema · autorreporte del tribunal
SOBRESEE. Inexistencia del acto. No es cierto el acto reclamado del SHCP.
SOBRESEE. Extemporáneo. La quejosa reclama una norma de 2014 con motivo de su sola entrada en vigor, por lo que es extemporánea porque transcurrieron más de 30 días.
SOBRESEE. Ausencia de conceptos de violación. La quejosa no formuló C.V., respecto del artículo 17-H del Código Fiscal.
SOBRESEE. Falta de interés jurídico. Artículos 5o-A, 17-H BIS, 26, fracciones III y X, del Código Fiscal de la Federación. La parte quejosa reclama las normas por su sola entrada en vigor (naturaleza autoaplicativa); sin embargo, del análisis de dicha porción normativa se desprende que diversas son de naturaleza heteroaplicativa, dado que necesita de una condición para causar perjuicio a la amparista.
SOBRESEE. Falta de interés jurídico. Artículos 197 a 202 del Código Fiscal de la Federación. La quejosa no acreditó estar en la hipótesis normativa respecto a los esquemas revelables a pesar de que es una norma autoaplicativa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.