La imposición de una multa a una autoridad responsable por omitir su informe justificado, que debe hacerse efectiva por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no autoriza al Juez de Distrito a requerir directamente a esta última el pago de la multa.
El presente caso aborda la correcta ejecución de multas impuestas por Jueces de Distrito a autoridades responsables que omiten rendir su informe justificado. Se establece que, si bien el Juez puede imponer dicha multa y ordenar su cobro a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no es correcto que el Juez requiera directamente a la Secretaría el pago de la multa. La ejecución debe seguir el procedimiento establecido para los créditos fiscales.
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