El Estado mexicano, a través de las reformas a la Ley Federal del Trabajo, no puede trasladar a los particulares patrones las obligaciones constitucionales de garantizar el acceso a la alimentación sana, a la educación y a una vivienda digna.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad de reformas a la Ley Federal del Trabajo relativas a los derechos laborales de los trabajadores del campo. La quejosa argumenta que el Estado no puede delegar a los empleadores las obligaciones constitucionales de proveer alimentación sana, educación y vivienda digna. El tribunal debe determinar si dichas reformas contravienen los artículos 3o, 4o y 123, apartado A, fracción XII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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