La valoración de las pruebas en un proceso penal debe ser exhaustiva y no basarse en presunciones o analogías, debiendo ponderarse todos los elementos de cargo y descargo para acreditar plenamente los elementos del delito y la responsabilidad del sentenciado.
El Tribunal Colegiado otorgó el amparo al quejoso para que la Sala responsable dejara insubsistente la sentencia reclamada y dictara otra en la que reitere la acreditación de diversos delitos de abuso sexual agravado, la responsabilidad del quejoso, el grado de culpabilidad, las penas y consecuencias, pero no condenara por reparación del daño moral ni cuantificara daños y perjuicios. Lo anterior, al considerar que la sentencia reclamada se sustentó en las imputaciones de la denunciante, las cuales carecían de credibilidad por diversas contradicciones, y que la Sala responsable no cumplió con su obligación procesal de valorar adecuadamente las pruebas, inferiendo hechos sin estar plenamente acreditados y dejando de valorar pruebas de descargo.
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