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22742/25-17-04-8NiegaTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México

La notificación de la orden de visita domiciliaria es legalmente válida si el notificador se cerciora de que se actúa en el domicilio correcto y con una persona que dará noticia al interesado, aun cuando esta persona no sea el representante legal.

Expediente
22742/25-17-04-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 mar 2026
Materia
fiscal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La notificación de la orden de visita domiciliaria es legalmente válida si el notificador se cerciora de que se actúa en el domicilio correcto y con una persona que dará noticia al interesado, aun cuando esta persona no sea el representante legal.

Resumen

La parte actora impugnó una resolución que le impuso multas, argumentando que la orden de visita domiciliaria de la que derivó era ilegal por vicios en su notificación y por no contar con firma autógrafa. La Sala Regional determinó que la notificación fue legal, ya que el notificador se cercioró del domicilio correcto y entendió la diligencia con una persona que se identificó como encargada de la sucursal, quien recibió la orden con firma autógrafa. Respecto a la firma autógrafa, la Sala consideró que la orden exhibida por la actora contaba con ella, desestimando así los argumentos de ilegalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.