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346/2019ConcedeTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La valoración de la prueba testimonial de coartada exige que los testigos precisen de momento a momento la conducta desplegada por la persona a la que se imputa el hecho, para evitar que se aprovechen lapsos no cubiertos por el testimonio para cometerlo.

Expediente
346/2019
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
10 mar 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La valoración de la prueba testimonial de coartada exige que los testigos precisen de momento a momento la conducta desplegada por la persona a la que se imputa el hecho, para evitar que se aprovechen lapsos no cubiertos por el testimonio para cometerlo.

Resumen

El presente caso aborda la valoración de pruebas testimoniales en materia laboral, específicamente tratándose de testigos de coartada. La quejosa argumentó que las testimoniales ofrecidas por la demandada carecían de valor probatorio porque los testigos no detallaron de momento a momento la conducta del imputado durante el periodo en que supuestamente se encontraban en una conferencia. El tribunal determinó que, si bien los testigos afirmaron la presencia del imputado en la conferencia, no precisaron si estuvo físicamente en todo momento, lo cual es indispensable para acreditar una coartada, ya que el imputado pudo haberse ausentado para cometer el acto reclamado. Por lo tanto, se concedió el amparo para que se reconsidere la valoración de dichas pruebas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.