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SJF · Tesis

El interés superior del menor es un principio rector para la elaboración y aplicación de normas, que implica la garantía y protección de su desarrollo y el ejercicio pleno de sus derechos, fundamentado en su dignidad y la necesidad de propiciar su desarrollo integral.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 jun 2012
Materia
constitucional
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El interés superior del menor es un principio rector para la elaboración y aplicación de normas, que implica la garantía y protección de su desarrollo y el ejercicio pleno de sus derechos, fundamentado en su dignidad y la necesidad de propiciar su desarrollo integral.

Resumen

El interés superior del menor, reconocido en la Constitución y la Convención sobre los Derechos del Niño, debe ser un criterio rector en la creación y aplicación de normas. Este principio garantiza la protección del desarrollo y los derechos plenos de los menores, actuando como un principio garantista y una pauta interpretativa para resolver conflictos de derechos.

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