Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
En el amparo directo se reclama la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México en el recurso de apelación ******, derivado de la nulidad interpuesta en contra de la emisión del acuerdo de inicio de procedimiento administrativo seguido en contra de la parte quejosa y su respectiva notificación.
En la sentencia que se combate, la Sala responsable resolvió en una parte infundado y en otra parte fundado pero insuficiente para revocar el fallo recurrido por lo que confirmó la sentencia dictada por la Sala ordinaria.
En sus conceptos de violación, el quejoso sostuvo en esencia, que el Tribunal de alzada vulneró el artículo 16 constitucional al omitir estudiar determinadas consideraciones planteadas desde su escrito inicial de nulidad y en la ampliación de su demanda, tales como establecer en el acuerdo respectivo, las causas o motivos para iniciar el procedimiento seguido en su contra, así como precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la conducta realizada por el presunto infractor, para encuadrarla en la hipótesis normativa previamente establecida como infracción o falta grave que se le atribuye, así como la falta de pronunciamiento del agravio relativo al incorrecto desechamiento de pruebas y, al traslado incompleto de otras agregadas en autos.
Se propone conceder el amparo para el efecto de que el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México deje insubsistente la sentencia reclamada y emita una nueva en la que con libertad de jurisdicción de manera congruente y exhaustiva analice los agravios sintetizados en los puntos 9.1 y 9.5 del considerando Sexto de esta resolución.
Expediente
542/2025
Tribunal
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Rafael Coello Cetina
Fecha
20 mar 2026
Materia
administrativa
Sentido
concede
Tema · autorreporte del tribunal
En el amparo directo se reclama la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México en el recurso de apelación ******, derivado de la nulidad interpuesta en contra de la emisión del acuerdo de inicio de procedimiento administrativo seguido en contra de la parte quejosa y su respectiva notificación.
En la sentencia que se combate, la Sala responsable resolvió en una parte infundado y en otra parte fundado pero insuficiente para revocar el fallo recurrido por lo que confirmó la sentencia dictada por la Sala ordinaria.
En sus conceptos de violación, el quejoso sostuvo en esencia, que el Tribunal de alzada vulneró el artículo 16 constitucional al omitir estudiar determinadas consideraciones planteadas desde su escrito inicial de nulidad y en la ampliación de su demanda, tales como establecer en el acuerdo respectivo, las causas o motivos para iniciar el procedimiento seguido en su contra, así como precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la conducta realizada por el presunto infractor, para encuadrarla en la hipótesis normativa previamente establecida como infracción o falta grave que se le atribuye, así como la falta de pronunciamiento del agravio relativo al incorrecto desechamiento de pruebas y, al traslado incompleto de otras agregadas en autos.
Se propone conceder el amparo para el efecto de que el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México deje insubsistente la sentencia reclamada y emita una nueva en la que con libertad de jurisdicción de manera congruente y exhaustiva analice los agravios sintetizados en los puntos 9.1 y 9.5 del considerando Sexto de esta resolución.
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