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2477/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al ejercer la facultad de atracción, debe analizar la constitucionalidad de normas aplicadas en la sentencia reclamada, aun cuando el amparo directo provenga de una controversia de mera legalidad, si el problema de constitucionalidad entraña la fijación de un criterio que revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Expediente
2477/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
27 nov 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al ejercer la facultad de atracción, debe analizar la constitucionalidad de normas aplicadas en la sentencia reclamada, aun cuando el amparo directo provenga de una controversia de mera legalidad, si el problema de constitucionalidad entraña la fijación de un criterio que revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Resumen

El presente caso se relaciona con un juicio ordinario civil sobre demolición de obras en un terreno copropiedad del actor. Tras diversas instancias y juicios de amparo, el tribunal colegiado consideró inaplicable una tesis de la Primera Sala al estimar que el amparo directo provenía de una controversia de mera legalidad. La Suprema Corte, al ejercer su facultad de atracción, determinó que debía analizar la constitucionalidad de las normas aplicadas, ya que el problema planteado revestía un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos, aun cuando el origen fuera una cuestión de legalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.