Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Sexto Circuito, con residencia en La Paz· tema sin holding extraído
Ante lo infundado e inoperante de los agravios formulados y toda vez que del estudio oficioso no se logra advertir vulneración de derechos fundamentales, conforme al artículo 461 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se CONFIRMA el auto de vinculación a proceso por el hecho que la ley señala como delito de presunción de contrabando, previsto en el artículo 103, fracción II y sancionado por el diverso 104, fracción I, del Código Fiscal de la Federación.
Expediente
22/2022
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Sexto Circuito, con residencia en La Paz
Ponente
Eduardo Farías Gasca
Fecha
30 ene 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
niega
Tema · autorreporte del tribunal
Ante lo infundado e inoperante de los agravios formulados y toda vez que del estudio oficioso no se logra advertir vulneración de derechos fundamentales, conforme al artículo 461 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se CONFIRMA el auto de vinculación a proceso por el hecho que la ley señala como delito de presunción de contrabando, previsto en el artículo 103, fracción II y sancionado por el diverso 104, fracción I, del Código Fiscal de la Federación.
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