La responsabilidad y obligación solidaria del arrendatario principal subsiste frente al arrendador si subarrienda el inmueble sin consentimiento expreso de este último, conforme a los artículos 2454 y 2456 del Código Civil para el Estado de Chiapas.
El contrato de arrendamiento establece que si el arrendatario subarrienda el inmueble sin la aprobación expresa del arrendador, la responsabilidad y obligación solidaria del arrendatario principal continúan como si él mismo siguiera en posesión. Esto implica que el subarrendatario no establece una relación jurídica directa con el arrendador y está sujeto a las consecuencias del juicio entablado contra el arrendatario principal.
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