La revisión fiscal es improcedente cuando la resolución impugnada no es definitiva.
Se declara improcedente la revisión fiscal interpuesta por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La resolución que se pretendía impugnar no era definitiva, ya que aún existían recursos o instancias legales pendientes por resolver. Por lo tanto, no se cumplía con el requisito de definitividad necesario para la procedencia de este medio de defensa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.