InvestigaciónDocumento
En línea
232/2023TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído

Niega. Multa administrativa. La quejosa fue omisa en exhibir documentos e información que la autoridad exactora le requirió, en ejercicio de sus facultades de comprobación. La sentencia fue congruente y exhaustiva pues analizó la Litis planteada; además de que el argumento consistente en que no se mencionó a cual de las hipótesis previstas en la fracción I del artículo 85 del Código Fiscal de la Federación, es infundado, porque con independencia de que sí fue estudiado, no variaría el hecho de que cometió una infracción.

Expediente
232/2023
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Enrique Villanueva Chávez
Fecha
4 abr 2024
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Niega. Multa administrativa. La quejosa fue omisa en exhibir documentos e información que la autoridad exactora le requirió, en ejercicio de sus facultades de comprobación. La sentencia fue congruente y exhaustiva pues analizó la Litis planteada; además de que el argumento consistente en que no se mencionó a cual de las hipótesis previstas en la fracción I del artículo 85 del Código Fiscal de la Federación, es infundado, porque con independencia de que sí fue estudiado, no variaría el hecho de que cometió una infracción.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.